Reconocimiento de Deuda y Dación de Pago

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RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y DACIÓN DE PAGO

Requisitos:

  1. Minuta suscrita por los contratantes y con huella digital de los mismos, con autorización del abogado colegiado.
  2. De intervenir persona jurídica, copia literal ó vigencia de poder no mayor d 30 días de emisión por Sunarp.
  3. DNI de los contratantes.
  4. No tener multas electorales.
  5. Copia literal ó CRI (Partida Registral de Inmueble) actualizada, no mayor a 30 días.
  6. Autovalúo municipal, hoja de resumen HR y predial urbano PU del año en ejercicio, y sobre todo del año de la fecha de minuta.
  7. Constancia de no adeudo desde que fue propietario ó comprobantes de pago por todos los años que mantuvo titularidad del bien hasta el año en curso.
  8. Impuesto de alcabala, debidamente cancelado (anexar liquidación y pago).

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